miércoles, 5 de junio de 2024

El cálculo del consenso ("The Calculus of Consent"), de James Buchanan y Gordon Tullock

 Buchanan es uno de los grandes economistas, pese a no calificarse como austriaco (aunque usa explícitamente la praxeología como metodologia para su desarrollo). Destaco siempre que tengo oportunidad su Cost and Choice, y hace un año por estas fechas leí Los límites de la libertad, que me pareció muy interesante.

Le llega el turno ahora a este ensayo, que escribe con Gordon Tullock, a quien no tengo tan fichado. Es posiblemente su obra emblemática, y, desde luego, bastante más pesada, que no sé si compleja, que las anteriores.

El objetivo es construir un modelo que permita explicar los fundamentos constitucionales que se dan las sociedades, pero básicamente centrado en cómo se decide qué actividad ha de ser proporcionada colectivamente por el Estado, y cuáles han de quedar a nivel privado, siempre con el objetivo de optimizar el bienestar social, que la situación sea óptimo según algún criterior.

Los autores muestran en muchas ocasiones su descontento con el estado del arte del momento (escriben en 1962) y consideran que la explicación ha de venir de modelos que se construyan con el individualismo metodológico (praxeológicos, por tanto). En su opinión, el ser humano es el mismo actúe en el mercado o lo haga en asuntos políticos: tan "egoista" ha de asumirse que será en una como en otra situación, y no tiene sentido pensar que en siuaciones políticas va de repente a preocuparse por el bien general si no lo hace en sus decisiones económicas. Y ello con independencia de que pueda haber individuos que sí lo hagan, o de las creencias éticas de la sociedad.

En este contexto, lo que van a tratar de explicar son las consecuencias que tiene en la actividad de los individuos un sistema constitucional u otro, para, a la vista de ello, ver qué sistema les puede convenir. Obsérvese que el objetivo es muy abstracto: están tratando de explicar, por ejemplo, por qué la Constitución americana es de una forma y no de otra, cuando realmente dicha Constitución no se estableció cientificamente, sino vaya usted a saber por qué criterios.

Digamos que en el ámbito económico, el individuo tiene constantes interacciones sociales a través del mercado. Sin embargo, la interacción que nos plantean Buchanan y Tullock es puramente conceptual, no se va a producir en ningún momento salvo condiciones realmente excepcionales. Lo que sí se plantean con más frecuencia, en cambio, son las decisiones políticas (por ejemplo, elecciones), pero NO es esta operativa la que trata de explicar el libro, sino la decisión originaria referida al sistema constitucional, que además se acepta que es por unanimidad (haciendo una especie de regresión, siempre encontraremos algún acuerdo unánime que haya permitido hacer la constitución, en el que el individuo asume que es mejor tener reglas que no tenerlas, aunque es incapaz de anticipar el efecto neto que tendrán sobre él).

Vamos ya con el modelo. Es muy sencillo. Buchanan y Tullock hablan de costes de interdependencia, que son los que confronta el individuo al decidir sobre si colectivizar una actividad. Dos son las componentes de dichos costes:

1) Costes externos, que son los que terceros le van a imponer como consecuencia de decisiones de colectivización que no le convengan. Tienen dos fuentes: externalidades en la asignación, y externalidades de redistribución.

2) Costes de decisión, en que el nombre lo dice todo. Por qué aparecen? "Decision-making costs arise here because normally a bargaining range will exist, and, recognizing this, each individual will seek to secure the maximum gains possible for himself while keeping the net gains to his partners in the agreement to the minimum." Si no hay rango de posibilidades, no hay posible negociación.

Los respectivos tipos de coste se mueven en sentido contrario según crece el número de individuos involucrados. Como es obvio, sea cual sea la regla de decisión, a mayor número de individuos, mayor será el coste. En cuanto a los externos, ocurre lo contrario: disminuyen conforme la regla sea más inclusiva, dejan fijo el número de individuos. 

El primer análisis lo dedican a la regla de decisión (qué mayoría). En un extremo, si se exige unanimidad, es claro que los costes externos desaparecen (te opones a la decisión y ya no tienes que sufrir costes), pero aumentan enormemente los de decisión, hasta el punto de que puede ser impracticable. En el otro extremo, tenemos un dictador, en que los costes externos serán muy altos, pero en cambio será cero el de decisión. Y, entre medias, están todos los sistemas con sus diferentes características.

También concluyen que la regla de mayoría simple hace que haya una tendencia a hiper-colectivizar. No sorprendente, pero sí interesante que lo concluyan siguiendo su metodología. Conforme se exija una mayoría "mayor", la situación tenderá al reparto óptimo entre colectivo y privado, hasta llegar a la unanimidad en que seguramente haya menos colectivización de la óptima (sobre cómo calificar una situación como óptima también se entretienen los autores, partiendo del óptimo de Pareto y llegando básicamente a ningún sitio). De hecho, ya habían declarado:"The limits to voluntary organization, and thus the pure laissez-faire model of social organization, are defined not by the range of significant externalities, but instead by the relative costs of voluntary and collective decision-making."

La verdad es que el modelo no puede ser más sencillo, pero hay que ver lo que consiguen darlo de sí los autores. Una de las primeras adiciones al modelo consiste en añadirle una vertiente dinámica, en el sentido de que consideran no solo una decisión de colectivización aislada en el tiempo (como al parecer hacían los tratados del momento), sino un continuo de decisiones, lo que refleja mejor la realidad. El fundamento constitucional no se usa para una única decisión, sino para muchas. En el momento en que esto se incorpora al modelo, aparece la posibilidad de negociar entre distintas decisiones, por lo que se flexibiliza la aplicación del fundamento, y pasa en general a ser más fácil llegar a acuerdos, sea cual sea la regla de decisión.

Esto es así porque los acuerdos de votos entre decisiones distintas actúan a modo de "pagos laterales" compensando a aquellos individuos en desacuerdo con la decisión por sus costes externos, a cambio de que la acepten. La sorprendente conclusión es que la "compra de votos" es en realidad buena para el bienestar social, puesto que permite estos pagos compensatorios y llegar así a decisiones que mejoran el bienestar para todos. Los autores constatan que estas compensaciones (ellos las llaman logrolling) ocurren siempre a algún nivel en los sistemas actuales (véanse los pactos entre los partidos politicos en España: a ti no te pueden pagar para que les votes, pero luego si pueden comprar los votos de otros partidos en el Congreso, por ejemplo, con una ley de Amnistía).

En los capítulos finales hacen un análisis de sistemas representativos, pero utilizando las mismas bases. Son cuatro las "essential constitutional variables" con las que caracterizan a un sistema representativo: 

1) Rules for choosing representatives must be determined, 

2) Rules for deciding issues in legislative assemblies

3) Degree of representation, qué proporción de la población total será elegida

4) The selection of the basis for representation, o sea, la circunscripción. Esta tiene gran impacto porque afecta a la facilidad de alinear intereses entre sus miembros. 

Aquí las consecuencias, no por menos esperadas menos desoladoras, es que se a a tender hacer con el poder la mínima coalición que otorgue mayoría, y que está es la que va a controlar los procesos. A lo que estamos acostumbrados en España, vamos.

No quiero dejar pasar un par de párrafos especialmene interesantes. En el siguiente, los autores refutan la existencia del "bien común" precisamente por la evidencia de que existen instituciones democráticas:

"If the "public interest" or the "common good" is something that can be determined with relative ease, and if individual participants in collective choice act so as to promote this "common good" rather than their own interests, there seems to be little rational support for the many cumbersome and costly institutions that characterize the modern democratic process."

El segundo no destaca por su aportación conceptual, sino por ser de humor, en un libro escrito por economistas (!). Lo encontraréis en la introducción: "If we apply the calculus attributed to our representative man of this book to ourselves, we must recognize that each one of us, when separately confronted on subsequent occasions, will be sorely tempted to accept private praise for all worthy aspects of the book and to shift private blame to our partner for all errors, omissions, and blunders."

Es un libro interesante, pero no para gente débil. Quien se anime encontrará conocimiento y sabiduría, pero a costa de una lectura tediosa y en ocasiones repetitiva. Que cada uno decida, yo no me atrevo a recomendar nada en esta ocasión.

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