Con lo maltrechas que están las finanzas locales, ya sabemos que una de las formas más expeditivas de conseguir dinerillo fresco es intensificar las multas. Todo son ventajas con este sistema. Por ejemplo, Gallardón lo tuvo claro desde el principio, y tiene un sistema de tramitación de multas que no se lo salta un gitano. Da igual lo que recurras, alegues o pruebes, la maquinaria no para hasta que te cobra el dinero, aunque no tenga nada ver contigo la sanción.
Pero, claro, cuando las multas se multiplican gracias al incrementado en el rigor de policias y delegados policiales, la tramitación se convierte en un indeseable cuello de botella. ¿De qué vale poner multas si no se pueden cobrar hasta dentro de seis meses? Que la nómina del funcionariado hay que pagarla mes a mes.
Esta tramitación exige, dentro del supuesto garantismo de nuestros procedimientos administrativos y judiciales, cosas tan absurdas como que el administrado se entere de que le quieren sancionar. Y hay que asegurar que el sujeto afortunado recibe las sucesivas comunicaciones. Esto, hasta ahora, se hacía por el complejo medio de una carta certificada con acuse de recibo. Si el destinatario firma, está claro que la comunicación se ha producido. Y si no se llega a entregar, cumplidos determinados días, se da por entregado y leído en todo caso.
Sin embargo, esto lleva tiempo. Un Correos saturado dilata los plazos de la comunicación de forma indebida. Sin olvidar la pérfida picardía hispana, que simula en muchos casos ausencia para evitar la fatídica firma que atestigua la recepción.
Así que es el momento de volverse a las nuevas tecnologías: que se puedan notificar multas mediante correo electrónico y SMS. Además, la venta de burra va a ser fenomenal: la modernización de la administración en beneficio del ciudadano. ¿De qué ciudadano? Desde luego, no del administrado.
O sea, te mandan un SMS o un e-mail, y ya se supone que lo has leído, y empiezan a contar tus plazos. Pero, ¿de qué forma podrán probar que el receptor ha recibido el mensaje? Imposible, podrán probar que lo han enviado, pero no que el otro lo ha recibido. Evidentemente, tras un tiempo, los jueces aceptarán estas comunicaciones como producidas, aunque no se pueda probar. Habrá sido el fin del supuesto garantismo del procedimiento; bastará que la Admón de turno acredité que mandó un e-mail a cierta dirección, o SMS, a cierto teléfono. Y dará igual si no es tu e-mail, ni tu teléfono, o si no lo recibiste porque el servidor estalló. Se te da por comunicado.
No veas como se aceleran los plazos de tramitación y de cobro al ciudadano con este sistema. Vivan las tecnologías de la información. Pero me juego un pie a que para presentar alegaciones o recursos, lo del correo electrónico ya no vale. Habrá que ir al registro de turno a tragarse la colita, para que la funcionaria te ponga el sellito. Además, unas cuantas copias a costa del contribuyente, por supuesto.
Como cuando quieres pedir el paro, o darte de alta en la SS, aquí el tema cambia. Aquí son las colas que nos enseñan en la tele y las tres ventanillas que hay que visitar. ¿Por qué razón, si puedo recibir multas en mi correo electrónico, no puedo pedir el paro por Internet?
En fin, qué majos los Gobiernos, como nos facilitan la vida a ellos mismos.
1 comentario:
Hola,
Solo informarte que sí que puedes pedir el paro online. Basta con tener un certificado digital, que normalmente ya tienes si has lidiado con la web de hacienda, la cual tambien permite pedir tus devoluciones de impuestos online. De hecho, gracias al programa de hacienda ni siquiera el contribuyente tiene que hacer su declaración como pasa en otros paises.
Esas tecnologias de la información son tambien las que permiten acceder facilmente al BOE, o a las estadisticas del INE, donde por cierto puedes comprobar cuanto varian cada uno de los grupos del IPC para que no digas eso de que "el agregado responde simplemente al petroleo" como el otro dia. De hecho, es interesante echarle un ojo para ver lo que menos sube: vestido y calzado, medicina y ocio todo sube menos de 0.5%.
IT rules!
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