Bueno, otra noticia de esas que me encantan. Resulta que la "Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos", dependiente del Ministerio de Trabajo, ha concluido tras sesudo estudio que las cláusulas de revisión salarial (vinculadas al IPC) no solo no causan inflación, sino que ayudan a controlar la moderación salarial.
Vamos con el tema, que tiene miga. Resulta que la subida de salario fue inferior en aquellas empresas con convenio respecto a las que no lo tienen, incluso en los casos en que se aplica el IPC real, no el previsto. Por tanto, demos la vuelta a la tortilla, dado que suben menos los salarios en las empresas con convenio con cláusula de revisión que en las otras, aquellas crean menos tensión inflacionista.
Son tantos los topicazos incorrectos en estas dos frases, que uno no sabe por donde empezar a desmontar el chiringuito. La teoría neoclásica sostiene que dichas cláusulas automáticas son inflacionistas porque suponen un aumento en los costes del factor trabajo, que se ha de repercutir en el precio de la mercancia. Al aumentar así los precios, aumenta la inflación, y así, se supone, ad infinitum. Por tanto, si dichas cláusulas en realidad contribuyen a la moderación salarial, lo que hacen es contener estos costes, que no se trasladarían en consecuencia a los precios, ni, en definitiva, a la inflación.
Lo divertido del caso es que la conclusión es correcta (algo correcta), pero para nada el razonamiento. Por supuesto que las cláusulas de revisión automática no causan inflación, porque la causa única de la inflación es la entrada de dinero nuevo en el sistema, dinero que crean los bancos centrales.
En un mercado libre, el empresario no puede subir sin más el salario a sus empleados, pues este salario queda fijado por el valor de su producto marginal descontado. Si no varia el precio del producto final, no se puede variar el salario (salvo que forcemos al empresario a abandonar el mercado).
Si el precio del producto sube, entonces surgen beneficios extraordinarios que, en poco tiempo, se han de trasladar a los factores de producción, por lo que suben los salarios y desaparecen los beneficios. En otro caso, los factores de producción se van a la competencia, que está dispuesta a pagarles más, precisamente para obtener esos beneficios.
En un entorno inflacionario, la demanda cuenta con más dinero (falso) y, por tanto, hace que todos los precios suban. La subida de estos precios, eventualmente, se ha traducir en subidas de los salarios de los factores, según acabamos de razonar brevemente.
En empresas sin convenio, esta traslación es más flexible y refleja mejor las subidas de los precios de su producto. En empresas con convenio, al ponerse trabas al funcionamiento del mercado, la traslación es incompleta, sea para bien o para mal (pues el precio de su producto puede o no haber seguido el IPC).
Perdonad la apresurada explicación, que podéis consular en Rothbard o Mises, pero llego ya a la conclusión. La inflación no tiene relación alguna con la revisión de los salarios, pues las empresas no pueden trasladar sus costes al consumidor en el libre mercado (si no estoy dispuesto a pagar más de 60 céntimos por la barra de pan, no lo haré por mucho que me expliquen que ahora el panadero cobra 100 Euros más).
De hecho, es justo al contrario. La inflación hace que los precios de todos los productos suban, y estos nuevos precios dan lugar inicialmente a beneficios que rápidamente se han de trasladar a la remuneración de los factores, pues sino estos abandonan el sector hacia otro que sí se lo traslade. Y así suben los salarios. Recuerden: la cadena causal no es salario -> precio -> inflación; es justo la contraria: inflación-> precio -> salario
3 comentarios:
muy interesante, una duda:
¿y si hablamos del salario mínimo? el gobierno sube el salario mínimo haciendo que las empresas entren en pérdidas.
las empresas o se van del mercado o suben precios, al ser una medida que afecta a todas las empresas seguramente haya una subida general de precios no?
Interesante idea.
Lo primero a tener en cuenta es que ya no estaríamos en un mercado libre, pues existe un salario mínimo impuesto por el gobierno.
Dicho esto, y asumiendo que es la única intervención, las empresas no pueden subir precios, pues no han variado las preferencias de los consumidores. No olvides que el ajuste va de precios a "costes" y no al revés.
En una economía cerrada, la subida exógena del recurso mano de obra haría que se redujera su demanda y, en general, se sustituiría por capital hasta equilibrar el nuevo salario con la productividad.
Vamos, que la subida del salario mínimo provocaría, como bien es sabido, más paro.
Eso, si la economía es cerrada. Si es abierta y en otros países no sube el salario mínimo, directamente tendrían que salir del mercado las empresas de aquí.
Me ha gustado mucho el post, si señor! Clarito, conciso, real ... vamos que yo lo incluiria en Educación para la Ciudadanía... y para periodistas alelados y compradores de mercancia averiada (es decir aquellos comunicadores que se dedican a repetir como loros los mantras ofociales de "expertos economicos")
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